Costes

La Justicia avala Costes y rechaza el recurso de Santanyí por el parking de Cala Llombards

El tribunal considera que el Consistorio ocupaba el dominio público marítimo-terrestre sin una autorización vigente y le impone las costas del procedimiento

Aparcamiento ilegal de Cala Llombards
04/06/2026
2 min

PalmaEl Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Santanyí contra diversas resoluciones de la Demarcación de Costas relacionadas con el aparcamiento situado en Cala Llombards y ha avalado la actuación de la administración del Estado para ordenar la retirada de la señalización y la clausura.

La sentencia considera ajustada a derecho la decisión de Costas de requerir al Consistorio que eliminara los elementos de delimitación y señalización ubicados dentro del dominio público marítimo-terrestre, al entender que la autorización de que disponía el municipio había caducado.

El origen del conflicto se remonta a una denuncia presentada por el GOB en el año 2022 sobre el uso de una zona de la playa de Cala Llombards como aparcamiento y sus efectos sobre la recuperación dunar del espacio. A raíz de la inspección efectuada por la Demarcación de Costas, se constató que parte del aparcamiento y la señalización se encontraban dentro de una superficie catalogada como playa, donde la normativa estatal prohíbe la circulación y el estacionamiento de vehículos.

El Ayuntamiento defendía que actuaba amparado por una autorización concedida por Costas en marzo de 2018 para instalar elementos de señalización y delimitación de los accesos a la playa. Sin embargo, el TSJIB concluye que aquella autorización había expirado en marzo de 2022, ya que la Ley de costas establece que estos permisos no pueden superar los cuatro años de vigencia. Los magistrados rechazan así el argumento municipal según el cual la Administración había debido tramitar un procedimiento específico de revisión o revocación para dejar sin efecto aquel permiso. Según la Sala, no se trata de una revocación, sino simplemente de la constatación de que la autorización había vencido.

La sentencia declara inadmisible el recurso porque el Consistorio no había agotado la vía administrativa previa, ya que podía haber presentado un recurso de alzada ante la Dirección General de Costas. Además de desestimar el resto de pretensiones municipales, el TSJIB impone al Ayuntamiento de Santanyí el pago de los costes judiciales, con un límite máximo de 3.000 euros. La resolución aún se puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo o ante la misma Sala de casación del TSJIB, según la normativa aplicable.

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