Inhabilitan dos años a una magistrada de Palma por impedir que una empresa en concurso recurriera
La Sala lo ha absuelto de un delito de prevaricación dolosa porque considera que no había intencionalidad
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha condenado a dos años de inhabilitación a una magistrada por un delito de prevaricación judicial por imprudencia grave. Según la sentencia, la jueza dictó dos resoluciones que impidieron que una empresa en concurso pudiera interponer un recurso, a pesar de que la ley lo prevé.
En este sentido, el tribunal considera que la jueza actuó por un error "inexcusable", ya que consideraba que sus decisiones eran de trámite y, por tanto, no eran recurribles. Sin embargo, la Sala subraya que estas resoluciones eran "manifiestamente injustas" y que no se pueden justificar con ninguna interpretación del derecho. A pesar de todo, el dictamen descarta que actuara con engaño y la absuelve del delito de prevaricación dolosa.
Los hechos se remontan al período en que la condenada ejercía como magistrada sustituta en el juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma, en el marco del concurso de acreedores de la empresa Grup 4 Illes Balears SL, que explotaba el hotel Torre Azul en El Arenal de Llucmajor. Según la resolución judicial, ninguna interpretación de la ley permitía negar la posibilidad de recurrir contra las providencias dictadas en julio de 2023. En este sentido, el tribunal recuerda que la normativa recoge el principio de acceso a los recursos, especialmente cuando las resoluciones son desfavorables a una de las partes.
“Nos encontramos ante el caso de que la magistrada actuó creyendo temerariamente que la resolución que dictaba era correcta, cuando era flagrante su ilegalidad”, señala la Sala, que concluye que actuó con imprudencia grave. La sentencia también absuelve a la jueza de otra acusación relativa a la no ejecución inmediata de la destitución de un administrador concursal. El tribunal considera que, en este caso, su actuación era “defendible”, dadas las circunstancias del procedimiento y la existencia de un recurso pendiente. Además de la inhabilitación, la magistrada deberá asumir la mitad de los costes procesales. La decisión, sin embargo, no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.