La Audiencia Nacional absuelve a los seis acusados de formar una célula yihadista en Inca
Defiende que los mensajes que transmitían "no superan el límite de la expresión ideológica"
PalmaLa Audiencia Nacional (AN) ha absuelto a los seis acusados por adoctrinamiento yihadista en Inca, en Mallorca, que tenían vídeos "especialmente escabrosos" con contenido radical, al apreciar que, aunque "simpatizan con los postulados" del Estado Islámico (DAESH), estas ideas "no superan el límite de la expresión ideológica".
Así consta en una sentencia en la que el tribunal considera que no hay pruebas que confirmen que al acceder al material yihadista tuvieran "como finalidad capacitarse para cometer un delito terrorista".
La Fiscalía apuntó en el juicio una serie de cuatro vídeos titulados Toufik se fue a Siria, en los que el considerado líder, Tariq C., "con la ayuda de los demás acusados", muestra el proceso de radicalización, captación y envío a Siria de Toufik, un joven ficticio residente en Palma, donde se llevaban a cabo las actividades propagandísticas. El personaje fue interpretado por Hussein F., el otro acusado de adoctrinamiento, según su escrito de acusación.
Sobre esta serie, el tribunal explica que "de ninguna manera incita a unirse como mujahidí (combatiente islámico fundamentalista) a las filas del DAESH", sino que "desanima a cualquiera a hacerlo". Por eso, "no es posible" considerarlo como un delito de adoctrinamiento terrorista.
La Audiencia Nacional concluye que Tariq C. es "un predicador muy conocido entre la población musulmana" por su canal de YouTube y que "se sitúa en la línea salafista de la religión islámica y que puede compartir algunos de los postulados favorables a la 'yihad'.
Sin embargo, "sus mensajes no tienen un contenido unívoco", y "se aproximan más" a sermones que constan en la causa, como el que dio el 5 de abril del 2014 en la mezquita de Manacor, en el que manifestó que "el deber de todo gente es cuidar a la suya".
Respecto al resto de acusados, la Audiencia Nacional pone de manifiesto que "no basta" el acceso habitual a internet "buscando informaciones y contenidos relacionados con una concreta forma de violencia política de corte yihadista" para condenarles.
Lo que se necesita, continúa, es "la identificación de conductas peligrosas, sean por sí mismas consideradas o por el destino que se les puede dar". "La jurisprudencia exige unánimemente que se acredite que la autoformación en radicalismo violento vaya dirigida a la comisión de un delito de terrorismo o al adoctrinamiento ajeno", resume el tribunal.
En su escrito de acusación, la Fiscalía pedía entre cinco y ocho años de cárcel y multas de hasta 12.000 euros por presuntos delitos de adoctrinamiento y autoadoctrinamiento terrorista.