Urbanismo

Otra agresión de la Ley ómnibus al territorio: menos restricciones para las gaviotas en el litoral

La norma deroga una de las pocas actuaciones de Gabriel Company a favor del medio: reducir los tamaños y las ocupaciones de los bares en dominio público

El acantilado de Cala Falcó ocupa buena parte del centro de esta playa natural
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PalmaLa Ley ómnibus debía ser un instrumento para regular los proyectos empresariales estratégicos y pasará a la historia como una de las normas más desreguladoras en materia territorial y ambiental. Entre sus disposiciones, hay una que elimina las restricciones que había impulsado el Gobierno (el exconsejero del PP Gabriel Company) para limitar la implantación de establecimientos de restauración en el dominio público marítimo-terrestre.

La modificación sustituye íntegramente el artículo 18 de la orden de 2013, que regulaba las instalaciones de temporada en las playas, y deja sin efecto las limitaciones que hasta ahora imponía la Comunidad Autónoma. Los establecimientos desmontables destinados a la venta de comidas y bebidas no podían superar los 20 metros cuadrados y debían mantener una separación mínima de 100 metros respecto de otros establecimientos similares. En el caso de los fijos, la superficie máxima autorizada era de 150 metros cuadrados, de los cuales solo 100 podían corresponder a espacios cerrados. Además, debían situarse a una distancia mínima de 200 metros de otros negocios de características similares.

La regulación balear iba todavía más allá. A la hora de calcular estas distancias no solo se tenían en cuenta las concesiones situadas sobre la arena. También se consideraban los bares y restaurantes dentro de la zona de servidumbre de protección, es decir, fuera del dominio público, pero en primera línea de costa.

Esto permitía denegar nuevas concesiones cuando ya existía una oferta equivalente en el entorno, que era la filosofía de la Ley de costas: "Que solo haya dentro dominio público las instalaciones imprescindibles que no pueden encontrarse en otro lugar". Un establecimiento podía cumplir la normativa estatal de costas y, aun así, no obtener autorización porque a menos de 100 o 200 metros había un negocio similar.

La nueva redacción elimina estas limitaciones de la normativa autonómica. A partir de ahora, las dimensiones, las distancias mínimas, los límites de ocupación y las condiciones de las concesiones quedarán regulados exclusivamente por la legislación estatal de costas. La consecuencia es que desaparecen las restricciones específicas que Baleares había decidido imponer para proteger el dominio público marítimo-terrestre, más exigentes que las que se preveían con carácter general por la normativa estatal en aspectos como las dimensiones de los establecimientos y la separación respecto de otros negocios.

El caso de los chiringuitos de Alcúdia

La modificación llega después de años de controversia sobre diversas concesiones de temporada en el litoral balear. Uno de los casos más conocidos es el de los quioscos de la playa de Alcúdia, denunciados por el GOB.

La norma que ahora desaparece obligaba a tener en cuenta no solo la distancia entre concesiones sobre la playa, sino también la existencia de bares y restaurantes dentro de la servidumbre de protección. Este criterio permitía valorar la presión comercial global sobre cada tramo de litoral y había sido objeto de debate en diversos expedientes vinculados a concesiones de temporada. Fuentes jurídicas consultadas por el ARA Balears no se han atrevido a valorar si detrás de esta modificación hay específicamente estas instalaciones, "pero, en todo caso, está claro que detrás están los intereses del sector de los quioscos, que los quieren más grandes y a menor distancia entre ellos", confirma una fuente.

Otra modificación escondida dentro de una ley ómnibus

El cambio no se ha tramitado mediante una reforma específica de la normativa litoral ni a través de un debate monográfico sobre el modelo de gestión de las playas. La modificación aparece incorporada a la disposición final quincuagésimo cuarta de una ley ómnibus que altera decenas de normas de materias tan diversas como la agricultura, el transporte, la organización administrativa y el régimen fiscal.

Este es uno de los aspectos que las entidades ecologistas y de defensa del territorio critican desde hace años. Según estas organizaciones, las leyes de simplificación administrativa "se han convertido en una vía para introducir modificaciones sustanciales en materia territorial, urbanística y ambiental sin someterlas a un debate público específico", ha dicho el GOB en diversas ocasiones.

Los críticos consideran que reformas que afectan directamente la ordenación del litoral y la ocupación del dominio público deberían ser objeto de una tramitación propia, con información pública y discusión específica sobre las consecuencias.

Más allá de la valoración política, el resultado es que desaparecen de la normativa balear los límites que durante más de una década habían restringido el tamaño de los bares de playa, la proximidad respecto a otros establecimientos y la posibilidad de autorizar nuevas concesiones en tramos de costa donde ya existía una oferta de restauración consolidada.

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