TSJIB

Condenan a Vox por utilizar la imagen de Joan Mas en un vídeo descontextualizado contra la inmigración

Los magistrados señalan un "uso fuera de contexto" de la imagen y la voz del joven que interpretó al personaje histórico durante las fiestas patronales

Imagen del simulacro de de moros y cristianos
ARA Balears
21/10/2025
3 min

PalmaLa Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Baleares ha confirmado la condena a Vox por utilizar la imagen del representante del personaje de Joan Mas durante las fiestas de los moros y cristianos de Pollença en un vídeo de propaganda política contra la inmigración.

Así lo ha confirmado la Audiencia Provincial después de que la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Inca haya condenado al partido por una intromisión ilegítima en el derecho fundamental a la imagen del actor a pagar 3.000 euros al joven. El Tribunal le impone las costas y la pérdida del depósito constituido por recorrer, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) este martes.

La Sala apunta que si bien es cierto que la imagen y la voz del demandante fueron cedidas gratuitamente en el contexto de su participación en el papel protagonista de Joan Mas en las fiestas patronales de Pollença, "la inclusión en el vídeo por la demandada constituye una infracción del derecho a la propia imagen". Los magistrados señalan un "uso fuera de contexto" de la imagen y la voz y destacan que "no consta" que el consentimiento del uso de su imagen en un acto festivo que dio el representante de Joan Mas "abrace su uso en un vídeo de propaganda política".

En relación al carácter accesorio de la imagen que defiende la parte recurrente, el Tribunal afirma que "esta grabación no se autorizó como parte de un vídeo que recopila titulares de prensa sobre la inmigración ilegal". Según la sentencia, en este vídeo se hace un uso "descontextualizado de la imagen del demandante en favor de una exposición sobre el incremento de la inmigración ilegal; uso que el demandante no consintió".

El afectado alegó que en ningún momento autorizó al partido político para que hiciera uso de su imagen y reclamó que se declarase la vulneración de su derecho fundamental al honor, a la intimidad y la propia imagen al haber sido usada por parte de la formación de extrema derecha en una propaganda política sobre inmigración, sin que se produzca.

Según ha informado el TSJIB, el hombre solicitó que se declarara la intromisión ilegítima a su derecho a la imagen y una indemnización de 7.000 euros. Por su parte, el partido se opuso a la demanda y contestó que las imágenes de la representación de Joan Mas son de dominio público "sin que con su utilización se haya producido ni aprovechado por el demandado, ni se haya producido una desnaturalización que pudiera perjudicar al demandante".

Vox aseguró que desconocía el alcance de la difusión del vídeo, pero que lo retiró de inmediato ante la petición del representante del personaje. La Fiscalía contestó a la demanda y estimó la demanda, pero redujo su petición de mal moral a 3.500 euros. Sin embargo, el Juzgado de Inca consideró la intromisión ilegítima del derecho a la imagen del actor infligida por la parte demandada. Vox recurrió la decisión ante la Audiencia alegando que ejercía su derecho a la información y que no pretendía publicitar al partido, sino contribuir a la formación de la opinión pública. Ahora, la Sala desestima el recurso y confirma la decisión del Juzgado. La sentencia no es firme y puede interponerse el recurso ante el Tribunal Supremo.

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