Prohíben el uso comercial de amarre particulares en los puertos autonómicos de Baleares
PortsIB recuerda que los puntos de amarre asignados a embarcaciones privadas no se podrán utilizar con fines económicos

PalmaEl Gobierno ha dictado una resolución para impedir que los amarres concedidos para su uso particular en los puertos de gestión autonómica se puedan utilizar con fines lucrativos, como el alquiler turístico de embarcaciones privadas. La medida se adopta ante la entrada en vigor de la resolución estatal que permite a embarcaciones de recreo privadas cambiar temporalmente su uso a comercial, y en ejercicio de las competencias exclusivas que ostenta la comunidad autónoma sobre el dominio público portuario.
La resolución establece de forma clara que cualquier uso comercial de estos amarres supone una infracción grave, que comporta la apertura de un expediente sancionador y la caducidad inmediata de la autorización.
Los amarres base en los puertos de gestión directa tienen la finalidad de mantener un equilibrio entre amarres sociales y amarre lucrativo. Por eso, utilizar amarres sociales para su uso lucrativo supone desvirtuar su finalidad.
Puertos de las Islas Baleares (PortsIB), dependiente de la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua, subraya que el modelo balear de ordenación portuaria distingue claramente entre usos particulares y comerciales, ya que implican afectaciones y necesidades diferentes, a menudo incompatibles. Esta diferenciación permite preservar el equilibrio entre la actividad náutica, la seguridad de las instalaciones y la protección del entorno litoral.
Se mantendrán los controles
Desde el Gobierno se insiste en que la resolución estatal publicada en el BOE el 22 de julio no altera el marco jurídico autonómico ni puede imponerse sobre las condiciones de uso establecidas en los títulos de empleo de PortsIB. Por ello, se mantendrán los controles y tutela sobre el uso de los amarres para garantizar que se destinan exclusivamente a la finalidad para la que fueron concedidos.
Paralelamente, y con el objetivo de reforzar el control sobre los puertos autonómicos en régimen de gestión indirecta, PortsIB ha solicitado a las entidades concesionarias que presenten, en un plazo máximo de diez días, una propuesta provisional de distribución de los amarres según su uso. Deberán diferenciarse claramente los destinados a embarcaciones de uso particular y los reservados a actividades profesionales, especificando en este caso si se trata de chárter náutico o de transporte marítimo no regular.