La Audiencia Nacional cierra la puerta a la explotación privada del parking de la playa de Son Bou
Concluye que, por mucho que los terrenos de Edivissa hayan sido empleados como aparcamiento desde hace más de medio siglo, no puede tener derecho a la concesión al estar en el dominio público marítimo-terrestre
CiudadelaLa Sección Primera de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de la promotora Edivissa para que se reconozca su derecho a conseguir una concesión de Costas con el fin de explotar la parcela de 9.215 metros cuadrados que desde hace décadas se emplea como aparcamiento dentro del dominio público y encima. (Alaior), en el sur de Menorca.
Los magistrados rechazan la pretensión de Edivissa de recuperar los usos y aprovechamientos que tenía reconocidos antes de la entrada en vigor en 1988 de la actual Ley de Costas, cuando sí cobraba a los vehículos por aparcar, y dan por buena la decisión tomada en febrero de 2022 por el Ministerio de Medio Ambiente en el sentido del Ministerio de Medio Ambiente.
El hecho de que el aparcamiento no fuera autorizado antes de la delimitación de Costas, como lo ha acreditado el Ayuntamiento de Alaior, es esencial para la Sala, que concluye que "una actividad sin licencia no consolida el derecho a continuarla cuando se perpetúa en el tiempo. Que los usos hayan sido tolerados todos estos años no implica".
Con este argumento, la Audiencia invalida el argumento de Edivissa, que alegaba que la parcela se viene utilizando como aparcamiento de la playa desde 1973 y que la Ley de Costas permite mantener los usos existentes con anterioridad a la delimitación de 1988 aunque no estén legalizados. La promotora entiende que "existía una autorización tácita, puesto que la explotación del aparcamiento era conocida e, incluso, promovida por el Ayuntamiento de Alaior, que ha llevado a cabo trabajos de acondicionamiento de la explanada". Incluso recuerda que la Conselleria de Medio Ambiente ha avalado el interés público del párking, que Edivissa cree "compatible" con los valores ambientales del espacio protegido en el que se ubica.
De hecho, el aparcamiento se encuentra en continuidad en la playa, invadiendo la zona dunar y en un espacio afectado por numerosas figuras de protección ambiental, un limbo alegal que todas las administraciones permiten desde hace décadas para poder dar respuesta a la gran afluencia de usuarios que registra la playa, una de las mayores de Menorca.
La propiedad se planteó estos últimos años cerrar el parking como medida de presión, pero accedió finalmente a permitir el uso público para no perjudicar a la urbanización. Ahora bien, el Ayuntamiento debe acreditar cada verano el interés público del aparcamiento. El parking, el mayor de Son Bou, llega a estar tan saturado en plena temporada que concentra cerca de un millar de coches diarios.
Ley de Costas
La sentencia sí reconoce a Edivissa la opción de pedir permiso para un nuevo uso ya que, al haber acreditado la titularidad privada del suelo con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Costas, dispone de un derecho preferente sobre los terrenos por un período de 60 años.
En cualquier caso, la sentencia no es firme y ya ha sido recurrida en casación por la promotora. En paralelo, Edivissa ha iniciado los trámites para pedir a Costas que le permita explotar el párking a cambio del pago de un canon.