El TSJIB vuelve a tumbar la imposición del 25% de la enseñanza en castellano en las aulas
La Sala apunta a que los progenitores "tienen derecho a elegir el centro educativo, pero no a imponer el porcentaje del idioma en un colegio concreto"
PalmaEl TSJIB vuelve a tumbar la imposición del porcentaje del 25% de la enseñanza en castellano en las aulas. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) inadmitió el recurso de un padre que pedía que su hijo recibiera al menos un 25% de las clases en castellano en una escuela de Palma. En la sentencia, emitida hace unas semanas, la Sala apunta a que los progenitores "tienen derecho a elegir el centro educativo, pero no a imponer el porcentaje del idioma en un colegio concreto".
En este sentido, el demandante reclamaba que el hijo cursara una asignatura troncal en castellano y que se pudiera extender esta medida al resto de los alumnos del centro. La petición en cuestión apunta a que el Proyecto Lingüístico de Centro (PLC) vulnera la Constitución y contradice la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional en referencia al sistema educativo catalán. Un planteamiento que la Sala desmonta, ya que señala que el sistema educativo balear no impide un modelo binario, como tampoco ocurre en Catalunya en virtud del Estatuto de Autonomía catalán y que ha sido motivo de jurisprudencia por parte del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Por tanto, el ejemplo del precedente del progenitor no tiene fundamento jurídico.
"La pretendida imposición de que el 25% de las asignaturas troncales se impartan utilizando el español o castellano como lengua vehicular ya no tiene el apoyo de ser el único medio de respetar lo indicado por el Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo", apunta el TSJIB a la sentencia. Además, recuerda que la normativa autonómica (la cual el demandante obvia a lo largo de la argumentación jurídica del recurso) garantiza la competencia en las dos lenguas oficiales sin necesidad de establecer porcentajes fijos de la misma y no existe ninguna norma que obligue a impartir el 25% de las clases en castellano.
La Sala legitima el modelo lingüístico en las aulas
El TSJIB entiende que la Ley de educación es constitucional y garantiza el desarrollo educativo para las personas hispanohablantes. También remarca que "los padres tienen derecho a elegir el centro pero no a imponer el porcentaje de uso del castellano dentro del plan lingüístico de un colegio concreto". En este sentido, recuerda que la escuela a la que el padre denunció tiene reconocido el derecho a elaborar su proyecto lingüístico según su realidad social y educativa, bajo la supervisión de la Inspección Educativa y niega que se perjudice el aprendizaje del castellano. Sin embargo, la sentencia no impone los costes al demandante al considerar que hubo margen de confusión entre la jurisprudencia que afecta a Catalunya y la que afecta a Baleares en referencia a los modelos lingüísticos.