El TSJIB avala la prórroga de la concesión del Real Club Náutico de Palma
La justicia ha declarado ilegales las denegaciones por silencio administrativo y garantiza que el club podrá continuar con sus inversiones en el puerto
PalmaEl Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha reconocido el derecho del Real Club Náutico de Palma (RCNP) a obtener la prórroga de su concesión en el puerto de Palma, solicitada inicialmente en 2015 y 2018.
no era conforme a derecho. Esto obliga a la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) a conceder la prórroga según los términos pactados entre ambas partes en marzo de 2019.
El tribunal recuerda que la APB no había resuelto expresamente las peticiones y que, durante el juicio, asumió como válida la desestimación presunta. Los magistrados también subrayan que el RCNP siempre ha sido considerado un concesionario por la autoridad portuaria.
Según la sentencia, los contratos para la prestación de servicios portuarios se transformaron en licencias o autorizaciones de actividad, pero manteniendo el carácter concesionario de los servicios comerciales, como en el caso del RCNP. Así, las empresas con contratos de gestión indirecta de servicios portuarios tienen derecho directo a la licencia y, por tanto, a la concesión demanial asociada.
El tribunal concluye que el club cumple todos los requisitos para solicitar y obtener la ampliación de plazo, a cambio de inversiones que mejorarán de forma sustancial el espacio público del puerto.
La sentencia no es firme y contra ella se puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.
Rafael Gil, presidente del RCNP, se mostró "muy satisfecho" y recordó que, pese a la precariedad y la incertidumbre desde la expiración de la concesión en diciembre de 2022, el club ha continuado trabajando "por el deporte y por la ciudad".