El Consejo deberá indemnizar a la promotora de la urbanización del Guix
La sentencia veta el pago por el proyecto principal, pero ordena una compensación por cinco solares anexos con derechos edificatorios
PalmaEn contra de lo que habían dicho los tribunales en primera instancia, el Consell de Mallorca deberá indemnizar a la promotora que tenía licencia para hacer una urbanización en el Guix (Escorca). El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) ha estimado solo en parte el recurso de la promotora Urnova por el largo litigio urbanístico del Guix, que desencadenó la polémica por el impacto de un conjunto de chalets pegados al monasterio de Lluc. La sala reconoce el derecho de la empresa a ser indemnizada por cinco parcelas de terreno afectadas por la desclasificación urbanística que se llevó a cabo para evitar que se construyera en un lugar tan emblemático. El tribunal, sin embargo, rechaza el grueso de la indemnización solicitada, correspondiente al proyecto principal de construcción de viviendas que nunca llegó a ejecutarse.
La sentencia, dictada el 9 de marzo, revoca parcialmente el criterio del juzgado de primera instancia. Por un lado, corrige la decisión inicial y considera que Urnova sí tenía legitimación para reclamar responsabilidad patrimonial al Consell de Mallorca. Por otro, sin embargo, limita mucho el alcance de esta reclamación.
El punto clave del caso es la diferencia que establece el tribunal entre dos partes del proyecto. En cuanto a la llamada Aldea del Guix, donde la promotora quería construir más de un centenar de viviendas y con la que aspiraba a una importante indemnización, el TSJIB rechaza que se haga ningún pago. Los magistrados concluyen que la licencia municipal concedida en 2006 era irregular porque los terrenos no reunían las condiciones urbanísticas exigidas —como la disponibilidad de servicios básicos— y la anulación posterior no se puede atribuir a la modificación del planeamiento territorial.
En este sentido, la sala sostiene que, si hubiera responsabilidad, correspondería, en todo caso, al Ayuntamiento de Escorca, que otorgó la licencia, y no al Consell de Mallorca, que años después desclasificó los terrenos y los protegió.
Un largo conflicto
El conflicto del Guix se arrastra desde hace décadas y los tribunales ya habían resuelto su núcleo principal. El Consell de Mallorca desclasificó la zona en 2010 y el TSJIB y el Tribunal Supremo avalaron posteriormente esta decisión, argumentando que los terrenos no disponían de los servicios urbanísticos necesarios y que algunos de los existentes eran insuficientes o irregulares. Los jueces también subrayaron el valor ambiental del área, situada en la sierra de Tramuntana, y la necesidad de preservarla.
Sin embargo, la nueva sentencia introduce un matiz relevante: el hecho de que la desclasificación fuera legal no excluye automáticamente el derecho a ser indemnizado, sobre todo en el caso de las cinco parcelas anexas. La sala recuerda que este tipo de decisiones pueden generar responsabilidad patrimonial cuando afectan derechos concretos consolidados, especialmente en los casos en que los particulares han adquirido terrenos o han actuado basándose en el planeamiento vigente.
En este marco, el tribunal da la razón parcialmente a Urnova en relación con las parcelas situadas en la denominada zona extensiva A que la empresa había comprado. Considera que la desclasificación del suelo puede haber frustrado un aprovechamiento urbanístico legítimo y reconoce el derecho a una indemnización. Pero la sentencia no fija ninguna cantidad concreta. La compensación deberá determinarse en una fase posterior, en función de la valoración económica de los terrenos. Con esta resolución, el TSJIB cierra parcialmente el debate: descarta la reclamación millonaria vinculada al proyecto urbanístico global, pero abre la puerta a una indemnización limitada por una parte de los terrenos afectados.