El caso Roldán y los límites del sistema
El caso de Miquel Roldán ha situado al sistema educativo ante un conflicto tan delicado como difícil de resolver. El docente, condenado por acosar a un menor, volvió a ejercer después de haber cumplido la pena impuesta por la Justicia. Y es precisamente en este hecho donde aparece la contradicción que hoy sacude a una escuela pública de Palma, inquieta a las familias y deja a la Conselleria de Educación sin margen de maniobra. Legalmente, Roldán puede volver a dar clase y ser tutor del grupo de niños que se le asigne. Socialmente, una parte importante de la comunidad educativa considera incomprensible que esto sea posible.
Cuesta de entender que a estas alturas todavía no se haya previsto que una persona condenada por acosar a menores no pueda volver a trabajar con menores. El debate no es jurídicamente sencillo porque entra en juego el derecho a la reinserción y la misma idea de que una pena no puede ser perpetua. Pero el caso evidencia un vacío legal que el propio Estado ya ha admitido al anunciar ahora la revisión de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia. El problema es que llega tarde para la comunidad educativa que hoy vive el conflicto en primera persona.
La situación ha puesto al sistema contra las cuerdas porque todas las piezas institucionales tienen las manos bastante atadas. La Conselleria de Educación no puede impedir que el docente ocupe la plaza temporal que le corresponde como interino. Desde el punto de vista penal, se ha cumplido la pena y el derecho a ejercer el trabajo queda restablecido. Tampoco puede actuar de manera inmediata ante las familias que han decidido no llevar a los hijos a la escuela como medida de protesta. La normativa establece plazos: hasta que no pasan quince días de ausencia, el centro educativo no puede activar el protocolo de absentismo crónico.
Pero si las normas son claras, la realidad es mucho más difícil de gestionar. El propio Roldán no ha optado por un perfil discreto ni por una actitud que ayude a rebajar la inquietud de las familias. Y estas familias tienen todo el derecho a expresar su miedo e indignación. Sería irresponsable menospreciarlas. Ahora bien, el derecho a la protesta tampoco puede pasar por encima del derecho fundamental a la educación de los niños, ni de la obligación de los menores de asistir a la escuela.
Es aquí donde el conflicto adquiere una dimensión especialmente compleja. La escuela queda atrapada entre derechos que chocan, entre normas que no preveían una situación excepcional y entre una tensión emocional que ningún equipo directivo está preparado para gestionar en solitario. El caso nos demuestra que no basta corregir el vacío legal. También hay que asumir que las escuelas necesitan herramientas, protocolos claros y apoyo institucional para afrontar situaciones extraordinarias que tensionan toda la comunidad educativa.