Las Baleares abren la puerta a las herencias en vida y a compensar los cuidados dentro de la pareja
La reforma del derecho civil permitirá transmitir la legítima entre cónyuges y, con diez años de convivencia y descendencia común, entre parejas no casadas
PalmaEl Parlamento ha iniciado la tramitación de una reforma del derecho civil balear que amplía los pactos sucesorios entre cónyuges y determinadas parejas estables, desarrolla las reglas económicas del matrimonio y refuerza figuras como la compensación por la dedicación a la familia. La proposición de ley, impulsada conjuntamente por todos los grupos parlamentarios, superó el martes pasado la toma en consideración con el apoyo de todos y la abstención de dos diputados no adscritos.
La propuesta parte del trabajo del Consejo Asesor de Derecho Civil y quiere desplegar una regulación que hasta ahora era muy esquemática. El abogado especializado en derecho civil Miquel Àngel Mas (DMS) lo resume así: “La actual compilación tiene cuatro o cinco artículos que regulan todo el régimen económico patrimonial”. La reforma, explica, permite concretar cuestiones que hasta ahora quedaban poco concretadas y “dar más seguridad jurídica”. Mas valora especialmente que se profundice en el derecho civil propio de las Baleares.
Herencias en vida también entre cónyuges y parejas estables
Una de las principales novedades es la ampliación de los pactos sucesorios entre cónyuges. La reforma permite que también entre marido y mujer se puedan ordenar en vida determinados derechos sucesorios vinculados a la legítima, una posibilidad que hasta ahora quedaba circunscrita a los descendientes. El texto extiende esta opción, con requisitos específicos, a determinadas parejas estables.
En el caso de las parejas no casadas ni inscritas formalmente, la propuesta exige una convivencia mínima de diez años y descendencia común. “Es una modificación especialmente significativa en un momento en que muchas parejas jóvenes no se casan ni formalizan la relación”, explica Mas. El abogado subraya que la reforma reconoce efectos jurídicos concretos a estas uniones, sin equipararlas de manera general al matrimonio y a las parejas inscritas.
Más margen para pactar el régimen económico
La reforma también despliega con más detalle el régimen económico matrimonial y ordena las posibilidades de pacto entre los cónyuges. Los capítulos matrimoniales se podrán formalizar antes o después de la boda, mientras que los pactos prenupciales deberán cumplir determinados requisitos para que tengan efectos jurídicos.
En las Baleares, la separación de bienes continúa siendo el régimen general, pero la propuesta concreta mejor algunos límites y mecanismos de protección. Uno de los ejemplos es la vivienda familiar: aunque sea propiedad solo de uno de los cónyuges, determinadas decisiones que le afecten no se pueden adoptar sin el consentimiento del otro.
La proposición también desarrolla la compensación por dedicación a la familia. Se trata de reconocer las situaciones en las que uno de los cónyuges ha asumido una parte mayor de los cuidados o de las tareas familiares, y como consecuencia, esta dedicación genera un desequilibrio patrimonial o una pérdida de oportunidades profesionales. Según Mas, esta figura ya se empezó a incorporar con la reforma de 2007 y ahora queda regulada con más detalle.
Córdoba reivindica el trabajo que se ha hecho desde Formentera
El diputado por Formentera, Llorenç Córdoba Marí, ha defendido en el Parlamento la utilidad práctica de la reforma y ha puesto el acento en cómo afectará a las relaciones económicas dentro del matrimonio. Durante su intervención, ha destacado especialmente los casos de personas que reducen la actividad profesional para cuidar a hijos y familiares dependientes, o que colaboran durante años en el negocio de la pareja sin suficiente retribución. La propuesta concreta los criterios para valorar estas aportaciones, mientras se mantiene la separación de bienes como régimen supletorio y la libertad de los cónyuges para pactar cómo quieren organizar su patrimonio.
Córdoba también ha querido reconocer la participación de profesionales de Formentera en la elaboración del texto, entre los cuales Ángel Custodio Navarro Sánchez, secretario general del Consell Insular, y Shadia Nasser Garcia, notaria de la isla, así como el trabajo de los consejos asesores de derecho civil. “Preparar una regulación así exige revisar cada disposición y sus consecuencias sobre la vida y el patrimonio de las personas”, ha remarcado.
Un derecho civil diferente en cada isla
Uno de los rasgos más singulares de la reforma es que no pretende uniformar el derecho civil balear, sino mantener las particularidades propias de cada isla. La misma compilación ya parte de esta diferenciación y la proposición conserva este esquema, con regulaciones específicas para Mallorca y Menorca y un título propio para Ibiza y Formentera.
“Somos islas y cada isla tiene sus características”, señala Mas, que recuerda que hasta el siglo XX las Islas casi no tuvieron intercambio entre ellas, de manera que cada una tuvo una historia y se desarrolló de una manera. Un hecho que, según explica, se denota en la construcción del derecho civil propio. Por eso, considera que cada isla debe ser libre de elegir entre la continuidad y el desarrollo de su derecho foral.
En el caso de Ibiza y Formentera, la propuesta desarrolla instituciones propias como los "espòlits" y la acogida en la cuarta parte de las mejoras, y también concreta cuestiones relacionadas con las cargas familiares, la protección de la vivienda y los derechos del cónyuge superviviente. Córdoba ha defendido que esta actualización respete las particularidades pitiusas. La iniciativa tiene antecedentes que se remontan a 1998 y los trabajos de elaboración del texto comenzaron en 2004. El Consejo Asesor de Derecho Civil propio de Ibiza y Formentera avaló la propuesta el 13 de julio y, posteriormente, el pleno del Consejo de Formentera la aprobó por unanimidad el 30 de julio antes de elevarla a los grupos parlamentarios.
La protección del cónyuge superviviente
Entre las modificaciones que afectan a Mallorca y Menorca también se refuerza la protección del cónyuge superviviente. La reforma desarrolla el llamado 'año de luto', una figura que permite al cónyuge que queda vivo continuar ocupando temporalmente el domicilio familiar, aunque la vivienda no sea de su propiedad. El objetivo es evitar que la muerte de uno de los miembros del matrimonio deje al otro, de manera inmediata, sin la posibilidad de continuar residiendo en la casa familiar.
Un trabajo de más de 20 años que llega al Parlamento
La proposición es el resultado de un proceso de más de dos décadas, con participación de los órganos asesores de derecho civil y de profesionales de las islas. Además de los cambios sobre el régimen patrimonial del matrimonio, el texto también actualiza la regulación de las parejas estables y prevé ordenar el derecho civil balear en un texto refundido, manteniendo las particularidades propias de cada isla.
Mas sitúa la reforma en un objetivo más amplio: evitar que el derecho civil balear quede “fosilizado” y adaptarlo a las nuevas formas de familia y de relación patrimonial. Con la toma en consideración aprobada, la proposición entra ahora en la tramitación parlamentaria y todavía podrá incorporar cambios. El debate de fondo es cómo actualizar el derecho civil sin perder las singularidades jurídicas que diferencian a las Islas.