Los docentes tendrán por primera vez días 'moscosos': así se decidirá quién elige primero

Se prevé que la medida entre en vigor el próximo curso y beneficiará a los funcionarios de carrera y parte de los interinos

PalmaLos docentes de la escuela pública podrán gozar por primera vez de hasta seis días de libre disposición al año, conocidos como 'moscosos'. La Conselleria de Educación tramita una resolución que regula el permiso para asuntos particulares para el personal funcionario docente, un derecho que ya existe para el resto de trabajadores públicos, pero que hasta ahora no se había desarrollado específicamente para este colectivo.

Los interinos podrán disfrutar de los mismos permisos si ocupan una plaza vacante o de programa y se incorporan durante el primer bimestre del curso escolar. En otros casos, el número de días se calculará de forma proporcional al tiempo de trabajo efectivo, con la referencia a que 175 días lectivos trabajados (curso escolar completo) equivalen a los seis días completos de permiso.

Según el borrador de la resolución, los docentes podrán disponer de un máximo de seis días hábiles retribuidos por curso escolar y sin necesidad de justificación, siempre condicionados a las necesidades del servicio educativo y organización de los centros. La medida se aplicará, si todo sigue su curso, a partir del 1 de septiembre de 2026. La regulación desarrolla lo que prevé el Estatuto básico del empleado público y también da cumplimiento al acuerdo marco firmado en 2023 entre la Consejería de Educación de Martí March y los sindicatos de la Mesa sectorial de Educación.

Distribución obligada

La resolución establece seis días de permiso para asuntos particulares por cada curso escolar, pero fija también cómo deben repartirse a lo largo del calendario para evitar disfunciones en la organización de los centros.

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El calendario se divide en cuatro períodos diferentes:

  • El período entre los primeros días hábiles de septiembre y el inicio de las clases con alumnos.
  • El período entre el final de las actividades lectivas con alumnos y el último día hábil de junio.
  • El período lectivo, es decir, el tiempo en que hay clases con alumnos.
  • El resto de días hábiles no lectivos del curso.

Para los funcionarios docentes de carrera y los que están en prácticas, la distribución será:

  • Un día en el primer período de septiembre o en el período posterior al final de las clases.
  • Un día durante el período lectivo.
  • Cuatro días en el resto de días hábiles no lectivos del curso. Este último punto esconde algo que es determinante. Los días hábiles no lectivos son las vacaciones de Navidad y Semana Santa y julio. Todos ellos períodos en los que los docentes están dey facto, de vacaciones.

En el caso de los miembros de los equipos directivos, el reparto es diferente: podrán disfrutar de tres días en los períodos de septiembre, lectivo o posterior al final de las clases, y de tres días más en el resto de días hábiles no lectivos.

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STEI ha votado en contra de la resolución y argumenta su posición. El sindicato está a favor de reconocer ese derecho, pero no de cómo se distribuyen los días. "Es una completa burla. No podemos asumirlo porque, por un lado, consideramos que tanto los días de inicio como de final de curso son un tiempo imprescindible para la preparación y cierre del curso; por otro lado, pensamos que los días para asuntos particulares deben poder disfrutarse a lo largo de todo el curso", exponen fuentes del sindicato, que también consideran "gracioso".

UOB también es crítico con la propuesta de Educación. El sindicato ha pedido a la Conselleria que recoja y establezca días de asuntos propios retribuidos para los docentes "sin restricciones arbitrarias ni imposiciones delirantes". Además, anima a los docentes a solicitar cada curso los seis días que les corresponden según el EBEP y llama a los equipos directivos a aceptar estas solicitudes. "Es hora de que los docentes actúen unidos contra una Conselleria que los desprecia; que las condiciones laborales mejoren ostensiblemente; es hora de actuar", añade el sindicato.

Límite de permisos en un mismo día

La resolución también fija límites para evitar que coincidan demasiadas ausencias a la vez y que, por tanto, se dinamite la dinámica del centro y la correcta atención a los alumnos. En los períodos de principio de curso y final de curso (antes de las clases y después de que acaben), el número de permisos que se pueden autorizar no puede superar el 30% de la cuota total de docentes del centro o servicio educativo en un mismo día.

Durante el período lectivo, los límites son más estrictos y se fija un número máximo de permisos por día. Dependerá del tamaño del centro:

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  • Centros con hasta 30 docentes: máximo 1 permiso.
  • Centros con entre 31 y 60 docentes: 2 permisos.
  • Centros con entre 61 y 90 docentes: 3 permisos.
  • Centros con más de 90 docentes: 4 permisos.

Además, existen determinados días que no se considerarán hábiles para pedir este permiso, como jornadas con reuniones de claustro, sesiones de evaluación y otras circunstancias organizativas vinculadas al derecho a la educación de los alumnos. La resolución también especifica que los días que no se utilicen durante el curso no se podrán acumular ni trasladar a cursos posteriores, ni tampoco generarán compensación alguna.

Cómo solicitar

Los docentes tendrán que presentar la solicitud con un mínimo de cinco días hábiles de antelación mediante el software específico habilitado por la Consejería y dirigida al director del centro o del servicio educativo. Si el permiso se solicita durante el período lectivo, el docente deberá adjuntar la programación de las actividades previstas para los grupos de alumnos afectados por su ausencia. Cuando el docente comparta plaza entre más de un centro, deberá tramitar la solicitud ante todos los directores de las escuelas en las que presta servicio.

La autorización o la denegación del permiso corresponde al director del centro o del servicio educativo, que deberá resolver la solicitud mediante el mismo sistema informático. Si la respuesta es negativa, deberá emitirse un informe motivado que justifique la decisión. La resolución deberá comunicarse como máximo el día anterior al disfrute del permiso. Si no hay respuesta en este plazo, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo.

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Orden de prioridad

Cuando el número de peticiones para un mismo día lectivo supere el límite establecido, se aplicará un orden de prelación para decidir cuáles se autorizan.

Los criterios serán, por este orden:

  1. Situaciones sobrevenidas, como enfermedad, hospitalización o muerte de familiares de hasta segundo grado
  2. Los docentes que hayan disfrutado menos días de permiso durante el curso
  3. El orden de entrada de la solicitud
  4. La antigüedad en el centro como funcionario de carrera
  5. La antigüedad en el cuerpo docente
  6. Los funcionarios en prácticas
  7. La fecha de adjudicación de la plaza
  8. La letra del DNI o NIE, por orden alfabético.