Un contrato, 4.000 autores

Ni en la hostelería, ni en la enseñanza, ni en la administración: no sé si hay muchos ámbitos profesionales en los que las personas que se dedican a un oficio tengan tan limitadas las posibilidades de negociación como nuestros escritores y traductores. La Directiva (UE) 2019/790, sobre derechos de autor en el mercado único digital, ya reconoce en su preámbulo la situación de vulnerabilidad en la que nos encontramos a la hora de mejorar nuestras condiciones, un aspecto que la Comisión Europea invita a resolver en cada país y que en España, hoy por hoy, apenas parece una utopía.Ciertamente, podría ser mucho más sencillo: la mayoría de profesionales de otros oficios disponen de una regulación clara y tienen legitimidad para sindicarse y negociar unas condiciones concretas, que se acaban traduciendo en lo que conocemos como convenios colectivos. Sucede, sin embargo, que la actual legislación estatal no reconoce a los autores literarios como trabajadores, sino como simples titulares (¡y ojo, eso no es poca cosa!) de su propiedad intelectual. Es decir, como autores de unas obras que generan unos derechos, la explotación de los cuales aporta unos beneficios económicos a estos autores. Pero no a través de un contrato laboral, como los otros profesionales, sino con un contrato de cesión de derechos de autor, que nos reconoce diversos derechos, pero no nuestra condición evidente de trabajadores. Dentro de este marco, los autores podemos asociarnos y luchar conjuntamente por nuestras condiciones, siempre que no superemos los límites que marca la Ley de competencia y libre mercado: es decir, recomendar o sugerir porcentajes de derechos de autor y tarifas de traducción. Por lo tanto, lo podemos negociar todo... Menos el aspecto más esencial de nuestro trabajo, ¡que es la retribución!Es por eso que considero tan importante que las entidades representantes de más de 4.000 autores de todo los Países Catalanes nos hayamos unido para defender un mismo modelo de contrato, elaborado por la Asociación de Escritores en Lengua Catalana (AELC) y presentado el pasado diciembre. De ahora en adelante, los escritores, traductores y dramaturgos representados por la Asociación Colegial de Escritores de Cataluña (ACEC), el PEN Català, la Asociación Profesional de Traductores e Intérpretes de Cataluña (APTIC), las tres entidades de dramaturgia del Principado, el País Valenciano y las Islas y la AELC contaremos con un mismo marco de referencia, con un mismo punto de partida a la hora de defender nuestros derechos. Se trata, claro está, de un contrato ciego, sin propuestas ni sugerencias en los puntos en que se debería hablar de porcentajes y tarifas, pero estoy convencido de que el marco de este contrato supondrá un avance en aspectos como la transparencia, la claridad y el equilibrio entre las dos partes.Ningún consenso entre los autores había sido jamás tan grande, ni en nuestra casa ni en el Estado. Ahora solo falta que se corresponsabilicen los editores, y que se animen, como mínimo, a hablar de ello, cosa que hasta ahora el Gremio de Editores de Cataluña se ha negado a hacer en redondo. Saldríamos ganando todos.